En Argentina acaba de darse un juicio historico condenando a un Productor y al piloto encargado de fumigar con agro-químicos (endusolfán y glifosato) un campo en las cercanias del barrio Ituzaingó (Córdoba) . En el proceso se ventilaron las denuncias por 200 casos de cáncer, cien de ellos fatales. El fallo reconoce por primera vez en Argentina que los derechos de la gente a la salud y a un ambiente sano están por encima de los agronegocios. Medardo Ávila Vázquez, el abogado querellante aseguró que tenia fé en que este juicio saliera favorable su expectativa se sostenia porque: "la Justicia
argentina goza de respeto en el mundo, porque es la única que juzgó a
los propios genocidias sin necesidad de recurrir a tribunales
internacionales".
Por su parte el fiscal Novillo Corbalán reclamó que se inste a que "se adelante la entrada en
vigencia de la Resolución N° 511, del Servicio Nacional de Sanidad y
Calidad Agroalimentaria (Senasa), que prohíbe a partir de octubre de
2013 el uso de endusolfán" en las fumigaciones con fines agropecuarios.
Ojala sigan el ejemplo otros paises en America Latina y tengamos una legislación ambiental mas estricta.
Reproduzco aqui la nota de hoy en Pagina/12:
Con glifosato, no
La Cámara del Crimen de Córdoba, luego de más de
nueve horas de deliberaciones, impuso tres años de prisión condicional
al productor Francisco Parra y al piloto Edgardo Jorge Pancello, en
tanto absolvió a Jorge Alberto Gabrielli, el otro agricultor imputado en
la causa.
El
exsecretario de Salud municipal, Merdardo Ávila Vázquez, uno de los
querellantes de la causa, calificó como "histórico" el fallo, a pesar de
que las condenas son de cumplimiento condicional: "Quedó clarísimo que
es un delito. Podría haber sido un poco más, puede que la gente no se
sienta respondida por esto, pero hemos dado un paso muy grande".
Por su parte, el fiscal Marcelo Novillo Corvalán, quien durante su
alegato, el pasado 7 de agosto, pidió la pena de cuatro años de prisión
efectiva para Parra, por considerarlo coautor del delito de
contaminación ambiental (por un hecho ocurrido entre octubre de 2003 y
febrero de 2004) e instigador del mismo delito (por un hecho sucedido en
2008), en concurso real, y había solicitado la misma pena para
Pancello, por considerarlo presunto autor de la "contaminación ambiental
constatada en 2008 cuando fumigaba un campo de Parra", opinó que la
sentencia "sienta un precedente para la causa madre, y para las causas
que están paralizadas"."Ituzaingó Anexo es un barrio contaminado, enfermo, en terapia intensiva, que sufrió una agresión reiterada por fumigaciones de productos prohibidos y efectuadas a una distancia de un núcleo poblacional que no eran permitidas por ordenanzas vigentes en la ciudad de Córdoba", había alertado Novillo Corbalán. Asimismo, había pedido que se aconsejara "la prohibición de fumigaciones terrestres a menos de 1000 metros de distancia de centros poblacionales, de escuelas o de pozos de agua”.
Los abogados defensores de los tres acusados habían solicitado la absolución de los cargos. Según la causa elevada a juicio, Gabrielli y Parra son los dueños de los campos de soja y habían contratado a Pancello para fumigar los sembradíos con glifosato y endosulfán, sustancias peligrosas para la vida humana.
La primeras denuncias se remontan al año 2002, cuando un grupo de mujeres del barrio Ituzaingó Anexo denunció que había numerosos casos de cáncer en esa zona. En 2008, el entonces subsecretario de Salud de Córdoba, Medardo Avila Vásquez, denunció a los productores por considerar que fumigaban al lado del barrio, a pesar de que la ley 9164 de agroquímicos prohíbe la aplicación aérea de determinados productos usados en las plantaciones en un radio menor a los 1500 metros (en el caso del endosulfán) y a los 500 metros (en el del glifosato) de distancia de la población urbana.
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